Ayudas para la contratación 2020

Ayudas para la contratación 2020

Con fecha 7 de enero de 2020 salieron publicadas en el DOG la varias Órdenes que establecen las bases reguladoras para diferentes programas sobre contratación, de diferentes colectivos, para los periodos comprendidos desde el 01-10-2019 al 30-09-2020.

A continuación, le detallamos los aspectos más importantes de cada una de ellas:

  • PROGRAMA “EMPREGA MULLERES” PARA LA CONTRATACIÓN Y LA FORMACIÓN DE LAS MUJERES DESEMPLEADAS.

Se establecen dos tipos de ayudas compatibles entre sí:

  1. Bono de contratación: por medio del cual se proporcionará una subvención para los siguientes tipos de contratos realizados con mujeres desempleadas: contratos indefinidos iniciales, contrataciones temporales con una duración mínima de 12 meses, transformaciones en indefinidos de contratos temporales e incrementos de jornada hasta alcanzar el 100% de la jornada ordinaria en los contratos indefinidos a tiempo parcial.
  2. Bono de formación (opcional): dirigido a las mujeres contratadas por medio de esta orden, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo.
  • PROGRAMA “EMPREGA DISCAPACIDADE E EXCLUSIÓN” DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO CON APOYO.

El objeto de estas ayudas es favorecer la contratación de las personas con discapacidad o en situación de riesgo de exclusión social en la empresa común y, especialmente, de aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral.

La orden contempla un programa de incentivos por la contratación, formación y empleo con apoyo, con tres tipos de bonos compatibles entre sí:

  1. Bono de contratación, por medio del cual se proporcionará una subvención para la contratación indefinida inicial, la temporal con una duración mínima inicial de 3 meses y la transformación de contratos temporales en indefinidos a tiempo completo o a tiempo parcial de las personas trabajadoras con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social que estuviesen desempleadas.
  2. Bono de formación (opcional), dirigido a las personas trabajadoras con una contratación indefinida inicial o temporal mínima de 6 meses, beneficiarias del bono de contratación, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo.
  3. Bono de empleo con apoyo, que consiste en un conjunto de actividades de orientación y acompañamiento individualizado que prestan, en el propio puesto de trabajo, personas preparadoras laborales especializadas a las personas trabajadoras con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social, con especiales dificultades de inserción laboral y que realizan su actividad en empresas del mercado ordinario de trabajo, en condiciones similares al resto de los trabajadores y trabajadoras que desempeñan puestos de iguales características.
  • PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA DE LAS PERSONAS DESEMPLEADAS PARADAS DE LARGA DURACIÓN.

Destinado a personas paradas de larga duración con dos tipos de bonos también compatibles entre sí.

  1. Bono contratación: consiste en una subvención para la contratación indefinida inicial o la temporal, con una duración mínima de doce meses de las personas desempleadas de larga duración.
  2. Bono formación (opcional): dirigido a las personas contratadas por medio de esta orden para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo.
  • PROGRAMA “EMPREGA XUVENTUDE” DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN Y FORMACIÓN EN LA EMPRESA ORDINARIA DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS MENORES DE 30 AÑOS.

Podrán ser beneficiarias del Bono Contratación las empresas que contraten indefinidamente o mediante un contrato temporal de una duración mínima inicial de 12 meses, a personas jóvenes menores de 30 años que estén inscritas como demandantes de empleo. Dicha contratación tiene que ser siempre a tiempo completo.

Bono Formación (opcional) que pueden solicitar las empresas por las mismas personas que tienen derecho al Bono Contratación para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionadas con el puesto de trabajo.

Además de los requisitos establecidos de contratación existen otra serie de requisitos que se deben tener en cuenta, indicándoles a continuación los más destacados:

  • En cuanto a la empresa, con las contrataciones debe incrementarse el nivel de empleo en la misma en el periodo referido a los tres meses anteriores, también debe mantener en su plantilla a la persona trabajadora contratada por el periodo establecido en cada norma.
  • En cuanto a los trabajadores, no deben haber prestado servicios en la misma empresa o grupo de empresas en el tiempo establecido en la norma, y no haber finalizado una relación laboral de carácter indefinido en otra empresa en un plazo de 3 meses previos a la formalización del contrato por el que se solicita la subvención.

Si desea ampliar información o realizar cualquier consulta acerca de estas ayudas no duden en consultarnos.

 

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