Igualdad entre mujeres y hombres

Igualdad entre mujeres y hombres

El pasado 7 de marzo de 2019 salió publicado el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

Entre las medidas más destacadas, se encuentra la ampliación del permiso a favor del otro progenitor a 16 semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que habrán de disfrutarse a jornada completa, igualando de esta manera la duración de este permiso, al permiso de maternidad.

Dia internacional de la mujer Santiago de Compostela

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Estos son derechos individuales de la persona trabajadora sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor.

La aplicación de esta medida se hará de forma paulatina, entrando en vigor dicha medida a partir del 1 de abril del presente año, con un periodo de suspensión total de ocho semanas, de las cuales las dos primeras deberán ser disfrutadas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto.

La madre biológica podrá ceder al otro progenitor un periodo de hasta cuatro semanas de su periodo de suspensión de disfrute no obligatorio.

A partir del 1 de enero de 2020, en caso de nacimiento, el otro progenitor contará con un periodo de suspensión total de doce semanas, de las cuales las cuatro primeras deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto. La madre biológica podrá ceder al otro progenitor un periodo de hasta dos semanas de su periodo de suspensión de disfrute no obligatorio.

A partir del 1 de enero 2021, cada progenitor disfrutará de igual periodo de suspensión del contrato de trabajo, incluyendo seis semanas de permiso obligatorio para cada uno de ellos.

Para más información sobre este Real Decreto-Ley, no duden en contactar con nuestro departamento laboral.

 

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